De
interés, para jubilados y pensionados
ANSES refuerza el control a entidades que dan
créditos a jubilados; Consultas por web; El
Subsidio de Contención Familiar se puede
tramitar con turno en ANSES; ¿Cómo
reclamar un haber impago?..., entérese
aquí:
La
semana pasada, ANSES dictó dos nuevas
resoluciones que refuerzan las instancias de
control de la operatoria de las entidades
que otorgan préstamos a jubilados y
pensionados, estableciendo mayores
exigencias formales y efectuando nuevas
verificaciones e inspecciones sobre cada uno
de los créditos que se otorgan.
A
través de estas normas, las
entidades deben presentar ante ANSES, dentro
de los 10 días hábiles y por cada operación
crediticia que incorporen al sistema, la
correspondiente documentación que la
respalde. Asimismo, se establece como regla
general que dichas operaciones se liquiden a
través de la “cuenta sueldo de la seguridad social” del beneficiario.
Si
no esto no ocurre, se aplicarán sanciones a
las entidades que, de cualquier modo,
infrinjan la normativa que reglamenta el
funcionamiento del sistema de descuentos,
introduciendo amplias facultades de
verificación e inspección. Las sanciones
pueden derivar en la inhabilitación a las
entidades para operar el sistema, provocando
la revocación de los convenios que pudieren
encontrarse vigentes en tal sentido.
Consultas
por web
A
través de otro comunicado, ANSES recordó
que en su página de Internet: www.anses.gob.ar,
puede encontrarse la aplicación “ANSES
1 CLICK”, que permite de manera más
ágil y práctica, obtener constancias
de CUIL, consultar las fechas de cobro de
jubilaciones y pensiones y el estado de los
expedientes.
Desde
la pantalla principal del sitio, los
usuarios pueden resolver estas consultas
haciendo un sólo click, sin necesidad de
llamar al 130 o trasladarse hasta una
oficina de atención.
Con
la implementación de esta sección, los
usuarios ahora acceden de manera instantánea
a estas aplicaciones, sin necesidad de
navegar por otras secciones del sitio web.
El
Subsidio de Contención Familiar se puede
tramitar con turno en ANSES
Ante
el fallecimiento de los jubilados y
pensionados, ANSES abona el Subsidio de
Contención Familiar, a los herederos o a
cualquier persona que comunique el
fallecimiento del beneficiario y acredite
haber abonado los gastos del sepelio.
Esta
suma fija es de $ 1.800.
Mediante
la presentación de la factura extendida a
su nombre por la empresa funeraria que
realizó el servicio, la persona podrá
acceder al cobro del subsidio, cuyo derecho
prescribe dentro
del plazo de 1 año, contado a partir de la
fecha de fallecimiento del causante.
El
subsidio se podrá tramitar presencialmente
con turno previo o desde Internet, si el
titular tiene los datos registrados en las
bases del organismo.
Importante
para Jubilados y pensionados: cómo reclamar
un haber impago
Todo
jubilado y pensionado de ANSES tiene el
derecho de reclamar los haberes que no pudo
cobrar dentro de los dos años posteriores a
la fecha en la cual debería haberlo hecho.
Para el pago inmediato, el mensual reclamado
debe encontrarse dentro del año inmediato
anterior a la fecha del reclamo.
Si
el mensual reclamado corresponde al mes
inmediato anterior al que se encuentra en
curso de pago, debe presentar el formulario
de Certificación Bancaria, provisto por el
organismo.
Para
poder gestionarlo, debe solicitar un turno a
través de: www.anses.gob.ar,
debiendo sin excepción, contar previamente
con sus datos personales acreditados
en la base de ANSES, incluyendo el código
postal.
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